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Contraloría General sancionó a Exalcalde de Riohacha Rafael Ceballos.

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Interpondrá recursos legales por fallas procedimentales.

Rafael Ceballos Sierra, exalcalde de Riohacha. Foto cortesía.

Con ciento setenta y cinco millones doscientos noventa y cuatro mil cincuenta y siete pesos con ochenta y seis centavos, ($ 174.294.057,86) fue sancionado el exalcalde de Riohacha, Rafael Ceballos Sierra, por parte de la Contraloría General Regional Guajira.

La sanción tiene que ver con los trabajos de remodelación del parque Coquivacoa, en donde según el ente de control no se cumplió a cabalidad con el objeto del contrato. El monto total de la sanción es de 464 millones 024 mil 222 pesos

En el documento de la Contraloría General, se indica que la empresa Winka SAS, el exsecretario de Obras, Julio Vega, y la Unión Temporal Interventoría de la Vida, fueron hallados solidariamente responsables por detrimento al Distrito de Riohacha.

En una declaración conjunta, los implicados en el proceso expresan que respetan pero no comparten la decisión del órgano de control, fundados en evidentes fallas procedimentales, contradicciones, y presumibles desacatos a los principios del debido proceso y del derecho a la defensa.

Afirman, que se está frente a un proceso presumiblemente con irregularidades procedimentales y otros quebrantamientos jurídicos que, a través del recurso que cabe y de otras acciones legales permitirán que se termine de demostrar la plena ausencia de responsabilidad fiscal de parte de los implicados.

Indican, que durante la actuación se presentaron ostensibles quebrantamientos al debido proceso, al no atenderse elementales garantías como el suministro del expediente, la resolución oportuna de recursos impetrados, no traslado de uno de los informes técnicos que soportan el presunto daño e indebidas notificaciones, lo cual no permitió terminar de desvirtuar el presunto daño patrimonial.

Expresan una evidente contradicción en los valores consignados en los dos informes técnicos que soportan el presunto daño al patrimonio. En el primero se establece un monto de 464 millones y en el segundo baja a 118 millones, tal como se aprecia a página 24 del fallo. Esa reducción fue producto de demostraciones y pruebas aportadas por nuestra parte.

Indican que si después del segundo informe que redujo el daño a 118 millones, hubieran contado con las plenas garantías, se habría podido demostrar que no había ningún faltante o daño.

Afirman también que otras evidentes fallas en el proceso, tienen que ver con la designación de abogados de oficio que no ejercieron ninguna función, dejando vacía la asistencia técnica de uno de los vinculados al proceso, tal es el caso, del interventor. Ninguno de los apoderados de oficio busco a su cliente, pidió el expediente, ni presento pruebas o alegatos en favor de sus defendido. Por lo visto solo se vincularon para cumplir requisitos y tratar de evitar eventuales vicios en el proceso.

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