
El Juzgado Primero Penal del Circuito de Riohacha, negó una tutela por improcedente contra la Caja de Compensación Familiar de La Guajira, interpuesta por representantes del sindicato de esa entidad.
En ese sentido el Juzgado Penal confirmó lo resuelto por el Juzgado Segundo Penal Municipal de Riohacha, en primera instancia, el 30 de marzo de 2023, al declarar como improcedente la tutela interpuesta por Sintracomfaguajira, en contra de la Caja de Compensación Familiar de La Guajira.
En la tutela representantes del Sindicato, expresaban que la empresa les vulneraba el derecho de asociación o sindicalización
En el fallo de primera instancia, se determinó, entre otros apartes: “ En el caso que nos ocupa, el sindicato SINTRACOMFAGUAJIRA, notifica a su empleador de su existencia, después de haber recibido las cartas de despido, razón por la cual a la vista de este despacho no existía el fuero sindical de ningún de sus miembros al momento del despido, en razón a que la creación del sindicato no era oponible a terceros, por lo que no se puede endilgar una vulneración de derechos de asociación en favor de los miembros de una organización sindical que fueron despedidos por el empleador que desconoció en su momento el nacimiento de dicho sindicato a la vida jurídica, en consecuencia no se vislumbra vulneración alguna del derecho de asociación o sindicalización por parte de la accionada (…)”
En ese sentido, la Caja de Compensación Familiar de La Guajira, expresó que continuará desarrollando estrategias y procesos administrativos de mejora, respetuosos de sus trabajadores, de la Constitución y la ley, con el fin de lograr superar la crisis financiera y jurídica que dio lugar a la intervención administrativa decretada por la Superintendencia de Subsidio Familiar y la orden de liquidación del programa de salud COMFAGUAJIRA EPS y a corto y mediano plazo obtener el sostenimiento y equilibrio financiero que requiere la entidad, para seguir brindando servicios de calidad y bienestar a todos sus afiliados en el departamento.