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Dos ex alcaldes de La Guajira citados a audiencia pública por la Procuraduría Regional.

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Los ex alcaldes de Distracción, Pedro Javier Guerra Chinchia, y de Hatonuevo, Rafael Angel Ojeda Brito, serán eschuchados hoy en versión libre de manera virtual por el Procurador Regional de La Guajira, Alfredo José Moisés, investigados por presuntas irregularidades en sus administraciones.

Pedro Javier Guerra – ex alcalde del municipio de Distracción.

En el caso del ex alcalde del municipio de Distracción, Pedro Javier Guerra Chinchia, se le investiga por presuntas irregularidades en el manejo presupuestal del municipio, pues al parecer  no habría cancelado las deudas que quedaron pendientes de pago a finales del 2018, las cuales debían ser cubiertas por el municipio durante el siguiente año.  

Según el  órgano de control, Guerra Chinchía habría reservado los recursos necesarios para cubrir esos compromisos, pero aparentemente omitió efectuar los pagos correspondientes, razón por la cual pudo haber ocasional un detrimento a las arcas del municipio, puesto  que esas obligaciones al parecer generaron el pago de intereses.  

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Guerra Chinchía, será escuchado en versión libre, este  11 de febrero, a las 9 a. m. 

Rafael Angel Ojeda Brito, ex alcalde del municipio de Hatonuevo.

En tanto, el ex alcalde del municipio de Hatonuevo, Rafael Ángel Ojeda Brito, también será escuchado en versión libre, a partir de las dos de la tarde, a quien se le acusa al parecer de no destinar recursos para atender a la población carcelaria.

De acuerdo  al ente de control, Ojeda Brito, al elaborar el presupuesto municipal no incluyó los recursos destinados para la atención de la población carcelaria durante el año 2019.

La Procuraduría Regional de La Guajira señaló que al parecer el exfuncionario habría vulnerado la normatividad vigente, que indica que los presupuestos municipales deben incluir los dineros necesarios para cubrir los gastos carcelarios y, por lo tanto, los mandatarios locales no pueden firmar aquellos que no cumplan con esa disposición. 

Por esos hechos, el Ministerio Público calificó la presunta conducta de Ojeda Brito como una falta grave cometida a título de culpa gravísima. 


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