
Luego que la Corte Constitucional invalidara el decreto de emergencia emitido por el presidente Gustavo Petro para el departamento de La Guajira, el tribunal emitió un comunicado en el que enfatizó la importancia de que el Congreso asuma un papel destacado en la resolución de la grave crisis humanitaria que afecta este departamento.
La Corte Constitucional reconoció la severidad de la situación en La Guajira, pero subrayó que el estado de emergencia no debe ser la primera opción para abordar una crisis de esta magnitud, que se ha visto agravada por una serie de eventos climáticos, incluyendo el fenómeno de El Niño, la disminución de las precipitaciones, el calentamiento global y la temporada de ciclones.
«Estaba acreditado el juicio de realidad de los hechos invocados, pues se demostró que la crisis humanitaria por la que atraviesa el departamento de La Guajira, constatada en la Sentencia T-302 de 2017, se ha intensificado por la convergencia de una serie de eventos climáticos de carácter grave, como lo son el fenómeno de El Niño, la reducción de precipitaciones en La Guajira, el calentamiento global, el aumento de la temperatura local y la temporada de ciclones», señala el documento.
El tribunal destacó que, a pesar de la urgente necesidad de tomar medidas, es responsabilidad del Congreso de la República enfrentar la crisis humanitaria de La Guajira utilizando los mecanismos ordinarios establecidos por la Constitución. La Corte admitió que el poder legislativo no ha actuado de manera adecuada en respuesta a los problemas de pobreza, exclusión y desigualdad que aquejan al departamento.
«Pese a la satisfacción de tales juicios, la Corte no encontró satisfecho el juicio de suficiencia. Sostuvo que la respuesta a los desafíos que plantea el agravamiento de la crisis climática que se pone de manifiesto con especial intensidad en el departamento de La Guajira debe convocar la acción decidida y la colaboración armónica de todas las instituciones del Estado, y llevarse a cabo, en primer lugar, a través de los instrumentos ordinarios que prevé la Constitución. La gravedad de la crisis climática, y la necesidad de actuar de manera decidida para afrontarla, no puede allanar el camino al estado de excepción, que debe seguir siendo el último recurso al cual acudir, cuando no existan mecanismos ordinarios o los existentes sean inidóneos o insuficientes para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos», añade.
En el comunicado, la Corte Constitucional también hizo hincapié en las condiciones de vida alarmantes en La Guajira, incluyendo los bajos indicadores de acceso al agua potable y saneamiento básico, la deficiente cobertura de servicios de energía eléctrica y educación, así como el alto índice de GINI y la elevada tasa de pobreza multidimensional en la zona.
El tribunal instó al Congreso a ejercer sus competencias constitucionales para evitar que los habitantes de La Guajira, especialmente los niños y niñas, continúen sufriendo las consecuencias de esta crisis humanitaria y climática.
Finalmente, la Corte Constitucional llamó al Congreso de la República a tomar medidas efectivas y decisivas para abordar la crisis humanitaria estructural en La Guajira, que se ha visto agravada por la crisis climática. El tribunal reiteró que el estado de emergencia debe ser considerado como el último recurso y enfatizó que es responsabilidad del Congreso resolver los problemas de pobreza, exclusión y desigualdad que afectan a La Guajira.