La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional falló a favor de cuatro estudiantes que presentaron acciones de tutela contra la Universidad de La Guajira y la Universidad Manuela Beltrán por negarse a expedir documentos académicos con las modificaciones de género solicitadas.
En la Universidad de La Guajira, una estudiante pidió cambiar su título de “Licenciado en Pedagogía Infantil” a “Licenciada en Pedagogía Infantil”. Por su parte, en la Universidad Manuela Beltrán, tres estudiantes solicitaron que sus diplomas reflejaran el título de “Ingeniera Biomédica” en lugar de “Ingeniero Biomédico”. Ambas universidades se negaron a acceder a estas peticiones, argumentando su autonomía institucional.
La Corte Constitucional estudió los casos y falló a favor de las estudiantes, amparando sus derechos a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad de género. En su decisión, la Corte destacó el poder simbólico del lenguaje y su papel en la creación de la realidad, recordando la histórica discriminación contra las mujeres y los desafíos que aún enfrentan en la lucha por sus derechos.
La Corte reiteró que el libre desarrollo de la personalidad es una extensión de la autonomía individual, permitiendo a cada persona decidir sobre su identidad y expresión de género. Subrayó que la autonomía universitaria tiene límites establecidos por la Constitución y los derechos fundamentales, y no puede ser utilizada para justificar acciones discriminatorias.
Además, la Corte recordó que el Ministerio de Educación ha avanzado en la creación de políticas de educación superior inclusivas que reconocen la identidad sexual como una expresión de la personalidad. Las universidades, por su parte, tienen la obligación de gestionar el registro calificado de sus programas y tramitar los cambios necesarios ante el Ministerio.
En este contexto, la Corte concluyó que la negativa de las universidades a expedir títulos con lenguaje identitario desconoció los derechos de las estudiantes y constituyó un trato discriminatorio en el ámbito de la educación superior. En consecuencia, ordenó a las universidades modificar los documentos académicos de las estudiantes según sus deseos y abstenerse de incurrir en conductas discriminatorias en el futuro. También instó al Ministerio de Educación a acompañar y orientar a las instituciones académicas en el cumplimiento de esta orden.
Jorge Arregocés Álvarez, asesor jurídico de la Universidad de La Guajira, anunció que la institución acatará completamente la decisión de la Corte. “Ante el fallo de la Corte Constitucional que determina que la Universidad de La Guajira debe modificar el diploma de la estudiante que solicitó que en su título esté consignado el género femenino, nuestra Alma Máter se permite informar que acatará en su totalidad la decisión de esta entidad judicial y adelantará la reestructuración de su proceso de graduación con el fin de garantizar que cada título académico represente el género de quien lo porta. Esto se hará a partir de la notificación formal del fallo a la institución”, afirmó Arregocés.