
Foto: Betty Martínez Fajardo
La Sentencia T-302 de 2017, que declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia debido a la grave afectación de los derechos de la niñez wayuú, ha sido objeto de un riguroso seguimiento por parte de la Sala Especial de Seguimiento. En su reciente Auto 2063 de 2023, con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, se evaluaron las acciones emprendidas por el Ministerio del Interior para cumplir con la orden octava, que exige la comunicación efectiva del fallo entre las comunidades indígenas de la región.
La Sala Especial concluyó que, a pesar de que las acciones implementadas por la cartera ministerial no se han ajustado completamente a los parámetros formales de cumplimiento establecidos en la directriz judicial, el nivel de conocimiento y apropiación del fallo por parte de las comunidades indígenas es alto, lo que ha generado un nivel de satisfacción significativo en relación con la orden.
Para avanzar en la evaluación del cumplimiento general de la orden y en el seguimiento de las labores, la Sala Especial emitió una serie de medidas. En primer lugar, solicitó al Ministerio del Interior que demuestre el cumplimiento de los compromisos de divulgación y comunicación de la sentencia programadas para este año, de acuerdo con la respuesta emitida por esta autoridad.
Entre los aspectos que deberá demostrar el Ministerio se incluyen las estrategias y elementos considerados para que la traducción y divulgación del fallo cumplan con su propósito, el contenido que fue objeto de traducción y divulgación, el alcance de estas actividades y los mecanismos utilizados para verificar su efectividad.
Una vez recibida la respuesta del Ministerio del Interior, la Sala le dará traslado a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo para que emitan sus opiniones sobre el cumplimiento de la orden y aclaren si fueron invitados a participar en las actividades de divulgación y comunicación del fallo.
Por otra parte, la Sala Especial instó al Ministerio del Interior a presentar en el futuro las pruebas de acatamiento de las órdenes bajo los parámetros formales y términos fijados. También resaltó que la omisión en el deber de colaborar con la administración de justicia y de ejecutar adecuadamente las obligaciones judiciales podría dar lugar a decisiones coercitivas, restaurativas, de reemplazo, entre otras, con el fin de garantizar el cumplimiento de lo establecido en la Sentencia T-302 de 2017.
El seguimiento continuo de estas medidas es fundamental para asegurar la protección de los derechos de la niñez wayuú en La Guajira y garantizar la implementación efectiva de la Sentencia T-302 de 2017, que busca remediar la situación de inconstitucionalidad en la región.
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