El fallo de tutela derechos fundamentales de Luís Alonso Colmenares.

Nuevamente se suspende la rendición de cuentas que se tenía programada desarrollar hoy viernes 28 de octubre de 2022, en el centro Cultural de Riohacha, por parte del gobernador encargado de La Guajira, Jose Jaime Vega Vence, debido a un fallo del Juzgado Segundo de Pequeñas Causas, que tuteló los derechos fundamentales a la participación y a la información, conexo al principio democrático invocados por Luís Alonso Colmenares Rodríguez, contra la gobernación de La Guajira.
En el fallo, se ordena a la gobernación de La Guajira, a través de su representante legal, José Jaime Vega Vence, haga publica la nueva fecha para llevar a cabo la audiencia de rendidión de cuentas, evento que debera desarrollarse en un espacio público y abierto, de conformidad con lo dispuesto en la ley 1757 de 2015.
Se destaca en el documento, que el Juzgado advierte a la gobernación de La Guajira, que en la realización de la audiencia pública de rendición de cuentas, evite vulnerar el derecho fundamental a la participación de Colmenares y a todos los ciudadanos que deseen participar en aras de salvaguardar los derechos fundamentales constitucionales invocados por el actor.
Igualmente, la rendición de cuentas debe darse en espacios abiertos a diálogos entre las autoridades y la ciudadanía, comprometiéndose los primeros a realizar y generar espacios y encuentros presenciales, como mecanismo preferente, y a complementarlos con espacios virtuales, o a través de mecanismos electrónicos, siempre y cuando existan condiciones para ello, para la participación activa y efectiva de la ciudadana, tal como se desprende del artículo 53 de la Ley 1757 de 2015.
Cabe indicar que el tutelante, solicitó que se designara un sitio con aforo mayor y entrada pública y abierta para toda la ciudadanía, así como disponer espacios para que la ciudadanía dispersa en el departamento que se encuentre interesada en el evento pueda acudir a la rendición de cuentas.
Se indica en el fallo de tutela, «Es así como esta agencia judicial vislumbra que pese a las actuaciones desplegadas por la entidad accionada, desde la emisión del fallo adiado el 12 de septiembre de 2022, objeto de nulidad, hasta la actualidad, tales como la fijación de nueva fecha para la realización de la audiencia pública de rendición de cuentas, aún no puede hablarse de un hecho superado, ello en consideración a que los derechos fundamentales invocados por el accionante siguen siendo amenazados, toda vez que,si bien es cierto que la Gobernación de La Guajira manifiesta en respuesta a la presente acción constitucional que ha establecido y fijado para el día 28 de octubre de la presente anualidad para efectos de agotar mencionada audiencia, no menos cierto es que no existe prueba alguna que dé cuenta que la realización de tal evento se ha de realizar en un espacio público y abierto, de conformidad con lo preceptuado en la Ley 1757 de 2015. Luego entonces, no basta con fijar nueva fecha para llevar a cabo la audiencia pública de rendición de cuentas, pues necesario es hacerlo con plena observancia de los parámetros establecidos en la precitada ley».
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