
El 8 de mayo del 2017 se hacía pública la resolución jurídica Sentencia T-302 de 2017, que trazaba la ruta para la superación del Estado de Cosas Inconstitucionales declarado por la Corte Constitucional en La Guajira por la violación masiva, sistemática y generalizada de los derechos de los niños y niñas wayuu y que se evidenciaba con la muerte de más de 4 mil niños en los últimos 8 años, por enfermedades relacionadas a la desnutrición
La Sentencia T-302 de 2017, ordenaba la creación de un plan de acción en 6 meses que lograra: adoptar las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal de los niños y niñas de las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao del pueblo wayuu en el departamento de La Guajira.
Así lo expresa en un documento público, el Comité de Veeduría a la Sentencia, que siguen documentando la situación con visitas de campo en las propias comunidades.
Advierten, que en particular, dada la situación de emergencia, se debían adoptar las siguientes medidas específicas: 1) Asegurar la disponibilidad, accesibilidad y calidad de los servicios de salud en las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao, con un enfoque integral y culturalmente adecuado, con el fin de atender la desnutrición infantil y enfermedades prevenibles o evitables; 2) Tomar medidas inmediatas para que las comunidades beneficiarias puedan tener a la brevedad posible, acceso al agua potable y salubre, de manera sostenible y suficiente para la subsistencia de las niñas y los niños; 3) Adoptar medidas inmediatas para que las niñas y niños puedan tener alimentos en calidad y cantidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias con pertinencia cultural, así como establecer los mecanismos idóneos para la identificación de casos de desnutrición para una intervención inmediata, 4) Mejorar la movilidad de las comunidades.
Es decir, se entenderá por superado el Estado de Cosas Inconstitucionales cuando La Guajira logre igualar o disminuir la muerte de niños a los niveles nacionales. Hoy, 5 años después de la publicación de la Sentencia, la muerte de niños está 7 veces por encima de la media nacional (34,1/4,6),y la desnutrición 3 veces más de la media nacional (0,89/0,25)
Expresa, que Cuarenta y seis meses han pasado desde la notificación del documento jurídico a las entidades sentenciadas y hasta el día de hoy, no se tiene un avance en la implementación de la Sentencia.
Manifiestan que no existe un plan de acción articulado con presupuesto establecido para dar cumplimiento a las órdenes, tampoco hay soluciones de agua potable para el abastecimiento de las comunidades rurales dispersas, con la entrega de pozos que no funcionan, pilas públicas sin cobertura ni sostenibilidad.
Tampoco existen programas de atención alimentaria y mucho menos de soberanía alimentaria que logre tener un impacto en el bienestar de las comunidades y pervivencia de los niños que los ayude a salir del estado de desnutrición, ni existe una atención en salud efectiva y con enfoque diferencial para la atención de los niños y sus comunidades.
En el documento indican que, el gobierno saliente, en cabeza de la consejera para las regiones Ana María Palau, afirma que ellos dejan una ruta de acción para que sea implementada por la siguiente administración, sin embargo, la orden era clara: estructurar un plan de acción con presupuesto, pues la ruta de acción ya estaba determinada dentro Sentencia T-302 de 2017.
Además, que las cifras de muertes de niños por desnutrición siguen siendo alarmantes, de manera oficial y desde la notificación de la Sentencia el 28 de junio del 2018 hasta la semana epidemiológica 13 han muerto 321 niños por enfermedades prevenibles. Muertes que se pudieron evitar si se hubiera cumplido la Sentencia.
“Los niños wayuu están hoy muriendo en la soledad de las rancherías, sin que el Gobierno o las autoridades territoriales hayan logrado articular los proyectos necesarios para darle fin a este exterminio en el territorio”, se indica en el documento.
El futuro de los niños indígenas y de los 102 pueblos indígenas asentados en el territorio colombiano, parecería estar condenado al exterminio, si no se logra la articulación de la política pública a los planes de vida de las comunidades que les garanticen la pervivencia y soberanía dentro del territorio.
“No nos cansaremos de alzar la voz por los niños muertos en los territorios y seguir la lucha por los niños indígenas que quieren y merecen seguir con vida y realizaremos todas las acciones nacionales e internacionales que haya lugar para conseguir la protección de los pueblos indígenas en Colombia”, indican los integrantes de la Veeduría a la sentencia T-302 de 2017.
Por su parte, organizaciones sociales siguen llamando la atención y exigiendo al gobierno nacional que se debe trabajar de manera más articulada con los gobiernos locales para que se pueda avanzar en el cumplimiento de la sentencia, que tiene como objetivo proteger a los niños y niñas wayuu de los municipios de Riohacha, Uribia, Manaure y Maicao.
Y eso, en gran medida tiene que ver con el acceso a agua potable y la seguridad alimentaria que aún no se garantiza a las familias wayuu de esos municipios.
El 8 de mayo del 2017 se hacía pública la resolución jurídica Sentencia T-302 de 2017, que trazaba la ruta para la superación del Estado de Cosas Inconstitucionales declarado por la Corte Constitucional en La Guajira por la violación masiva, sistemática y generalizada de los derechos de los niños y niñas wayuu y que se evidenciaba con la muerte de más de 4 mil niños en los últimos 8 años, por enfermedades relacionadas a la desnutrición
La Sentencia T-302 de 2017, ordenaba la creación de un plan de acción en 6 meses que lograra: adoptar las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal de los niños y niñas de las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao del pueblo wayuu en el departamento de La Guajira.
Así lo expresa en un documento público, el Comité de Veeduría a la Sentencia, que siguen documentando la situación con visitas de campo en las propias comunidades.
Advierten, que en particular, dada la situación de emergencia, se debían adoptar las siguientes medidas específicas: 1) Asegurar la disponibilidad, accesibilidad y calidad de los servicios de salud en las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao, con un enfoque integral y culturalmente adecuado, con el fin de atender la desnutrición infantil y enfermedades prevenibles o evitables; 2) Tomar medidas inmediatas para que las comunidades beneficiarias puedan tener a la brevedad posible, acceso al agua potable y salubre, de manera sostenible y suficiente para la subsistencia de las niñas y los niños; 3) Adoptar medidas inmediatas para que las niñas y niños puedan tener alimentos en calidad y cantidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias con pertinencia cultural, así como establecer los mecanismos idóneos para la identificación de casos de desnutrición para una intervención inmediata, 4) Mejorar la movilidad de las comunidades.
Es decir, se entenderá por superado el Estado de Cosas Inconstitucionales cuando La Guajira logre igualar o disminuir la muerte de niños a los niveles nacionales. Hoy, 5 años después de la publicación de la Sentencia, la muerte de niños está 7 veces por encima de la media nacional (34,1/4,6),y la desnutrición 3 veces más de la media nacional (0,89/0,25)
Expresa, que Cuarenta y seis meses han pasado desde la notificación del documento jurídico a las entidades sentenciadas y hasta el día de hoy, no se tiene un avance en la implementación de la Sentencia.
Manifiestan que no existe un plan de acción articulado con presupuesto establecido para dar cumplimiento a las órdenes, tampoco hay soluciones de agua potable para el abastecimiento de las comunidades rurales dispersas, con la entrega de pozos que no funcionan, pilas públicas sin cobertura ni sostenibilidad.
Tampoco existen programas de atención alimentaria y mucho menos de soberanía alimentaria que logre tener un impacto en el bienestar de las comunidades y pervivencia de los niños que los ayude a salir del estado de desnutrición, ni existe una atención en salud efectiva y con enfoque diferencial para la atención de los niños y sus comunidades.
En el documento indican que, el gobierno saliente, en cabeza de la consejera para las regiones Ana María Palau, afirma que ellos dejan una ruta de acción para que sea implementada por la siguiente administración, sin embargo, la orden era clara: estructurar un plan de acción con presupuesto, pues la ruta de acción ya estaba determinada dentro Sentencia T-302 de 2017.
Además, que las cifras de muertes de niños por desnutrición siguen siendo alarmantes, de manera oficial y desde la notificación de la Sentencia el 28 de junio del 2018 hasta la semana epidemiológica 13 han muerto 321 niños por enfermedades prevenibles. Muertes que se pudieron evitar si se hubiera cumplido la Sentencia.
“Los niños wayuu están hoy muriendo en la soledad de las rancherías, sin que el Gobierno o las autoridades territoriales hayan logrado articular los proyectos necesarios para darle fin a este exterminio en el territorio”, se indica en el documento.
El futuro de los niños indígenas y de los 102 pueblos indígenas asentados en el territorio colombiano, parecería estar condenado al exterminio, si no se logra la articulación de la política pública a los planes de vida de las comunidades que les garanticen la pervivencia y soberanía dentro del territorio.
“No nos cansaremos de alzar la voz por los niños muertos en los territorios y seguir la lucha por los niños indígenas que quieren y merecen seguir con vida y realizaremos todas las acciones nacionales e internacionales que haya lugar para conseguir la protección de los pueblos indígenas en Colombia”, indican los integrantes de la Veeduría a la sentencia T-302 de 2017.
Por su parte, organizaciones sociales siguen llamando la atención y exigiendo al gobierno nacional que se debe trabajar de manera más articulada con los gobiernos locales para que se pueda avanzar en el cumplimiento de la sentencia, que tiene como objetivo proteger a los niños y niñas wayuu de los municipios de Riohacha, Uribia, Manaure y Maicao.
El 8 de mayo del 2017 se hacía pública la resolución jurídica Sentencia T-302 de 2017, que trazaba la ruta para la superación del Estado de Cosas Inconstitucionales declarado por la Corte Constitucional en La Guajira por la violación masiva, sistemática y generalizada de los derechos de los niños y niñas wayuu y que se evidenciaba con la muerte de más de 4 mil niños en los últimos 8 años, por enfermedades relacionadas a la desnutrición
La Sentencia T-302 de 2017, ordenaba la creación de un plan de acción en 6 meses que lograra: adoptar las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal de los niños y niñas de las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao del pueblo wayuu en el departamento de La Guajira.
Así lo expresa en un documento público, el Comité de Veeduría a la Sentencia, que siguen documentando la situación con visitas de campo en las propias comunidades.
Advierten, que en particular, dada la situación de emergencia, se debían adoptar las siguientes medidas específicas: 1) Asegurar la disponibilidad, accesibilidad y calidad de los servicios de salud en las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao, con un enfoque integral y culturalmente adecuado, con el fin de atender la desnutrición infantil y enfermedades prevenibles o evitables; 2) Tomar medidas inmediatas para que las comunidades beneficiarias puedan tener a la brevedad posible, acceso al agua potable y salubre, de manera sostenible y suficiente para la subsistencia de las niñas y los niños; 3) Adoptar medidas inmediatas para que las niñas y niños puedan tener alimentos en calidad y cantidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias con pertinencia cultural, así como establecer los mecanismos idóneos para la identificación de casos de desnutrición para una intervención inmediata, 4) Mejorar la movilidad de las comunidades.
Es decir, se entenderá por superado el Estado de Cosas Inconstitucionales cuando La Guajira logre igualar o disminuir la muerte de niños a los niveles nacionales. Hoy, 5 años después de la publicación de la Sentencia, la muerte de niños está 7 veces por encima de la media nacional (34,1/4,6),y la desnutrición 3 veces más de la media nacional (0,89/0,25)
Expresa, que Cuarenta y seis meses han pasado desde la notificación del documento jurídico a las entidades sentenciadas y hasta el día de hoy, no se tiene un avance en la implementación de la Sentencia.
Manifiestan que no existe un plan de acción articulado con presupuesto establecido para dar cumplimiento a las órdenes, tampoco hay soluciones de agua potable para el abastecimiento de las comunidades rurales dispersas, con la entrega de pozos que no funcionan, pilas públicas sin cobertura ni sostenibilidad.
Tampoco existen programas de atención alimentaria y mucho menos de soberanía alimentaria que logre tener un impacto en el bienestar de las comunidades y pervivencia de los niños que los ayude a salir del estado de desnutrición, ni existe una atención en salud efectiva y con enfoque diferencial para la atención de los niños y sus comunidades.
En el documento indican que, el gobierno saliente, en cabeza de la consejera para las regiones Ana María Palau, afirma que ellos dejan una ruta de acción para que sea implementada por la siguiente administración, sin embargo, la orden era clara: estructurar un plan de acción con presupuesto, pues la ruta de acción ya estaba determinada dentro Sentencia T-302 de 2017.
Además, que las cifras de muertes de niños por desnutrición siguen siendo alarmantes, de manera oficial y desde la notificación de la Sentencia el 28 de junio del 2018 hasta la semana epidemiológica 13 han muerto 321 niños por enfermedades prevenibles. Muertes que se pudieron evitar si se hubiera cumplido la Sentencia.
“Los niños wayuu están hoy muriendo en la soledad de las rancherías, sin que el Gobierno o las autoridades territoriales hayan logrado articular los proyectos necesarios para darle fin a este exterminio en el territorio”, se indica en el documento.
El futuro de los niños indígenas y de los 102 pueblos indígenas asentados en el territorio colombiano, parecería estar condenado al exterminio, si no se logra la articulación de la política pública a los planes de vida de las comunidades que les garanticen la pervivencia y soberanía dentro del territorio.
“No nos cansaremos de alzar la voz por los niños muertos en los territorios y seguir la lucha por los niños indígenas que quieren y merecen seguir con vida y realizaremos todas las acciones nacionales e internacionales que haya lugar para conseguir la protección de los pueblos indígenas en Colombia”, indican los integrantes de la Veeduría a la sentencia T-302 de 2017.
Por su parte, organizaciones sociales siguen llamando la atención y exigiendo al gobierno nacional que se debe trabajar de manera más articulada con los gobiernos locales para que se pueda avanzar en el cumplimiento de la sentencia, que tiene como objetivo proteger a los niños y niñas wayuu de los municipios de Riohacha, Uribia, Manaure y Maicao.
Y eso, en gran medida tiene que ver con el acceso a agua potable y la seguridad alimentaria que aún no se garantiza a las familias wayuu de esos municipios.
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