Por: Betty Martínez Fajardo.

Eliana Margarita, es una prestigiosa abogada de la Universidad Externado de Colombia, que en tiempo de pandemia logró darle vida al libro “La responsabilidad Civil del Notario”, que se considera como un manual de guía para los estudiantes de pregrado y de posgrado.
El libro, que consta de 14 capítulos, en 324 páginas, recorre la razón del ser del notario como persona honorable y figura pública, que a pesar de no ser funcionario público ejerce una función pública, y, por lo tanto, cualquier decisión que probada afecte a un particular puede ser demandada.
Eliana Margarita Roys Garzón, nos atendió en su tierra natal, y en tono pausado y seguro explicó en detalle la esencia de la obra, que busca ahondar sobre un tema que en Colombia no se ha tratado como es la afectación en el patrimonio de los notarios por sus actos y por sus omisiones en el cumplimiento de las funciones públicas encomendadas por ley.
De manera clara, salió al quite a las expresiones coloquiales de quienes consideran que los notarios por ser particulares no tienen responsabilidad en el ejercicio de sus funciones, argumentando entonces que si tienen responsabilidades y, el día de mañana los notarios tienen que pagar con su pecunio o sea con su patrimonio personal los daños patrimoniales y no patrimoniales que le puedan causar a una persona con el ejercicio de su función notarial.
La docente fue más allá, y explicó que hoy es un tema que no se ha tratado en las altas cortes, porque que hasta ahora se va en uno de los puntos iniciales que es la legitimación en la causa por pasiva, es decir a quien se debe demandar por la responsabilidad patrimonial que ocasione el ejercicio notarial.
Puntualizó, que, en las Cortes, aún no se ha estudiado el fondo de las pretensiones para saber si esto tiene responsabilidad en los notarios cuando en su ejercicio profesional puedan ocasionar algún daño.
Argumentó en ese punto, que es una convencida que los notarios si tienen que responder patrimonialmente por su accionar o por su omisión cuando ésta se efectúe porque la conducta sí debe estar calificada que es el dolo y la culpa grave.
Eliana Margarita, dejó claro que un notario se equipara a un funcionario público, que hoy se ve claramente porque antes estaba como desdibujada en la ley la responsabilidad de los notarios, pero actualmente con la ley 2195 de 18 de enero de este año, es claro que la responsabilidad del notario es igual a la que tiene un funcionario público hoy en Colombia.
Además, puntualizó que el notario puede ser demandado ante la jurisdicción contencioso administrativo, cuando un cliente pruebe que fue perjudicado por alguna decisión que no esté ajustada a derecho.
“Puede demandar al notario, o puede demandar al Estado por los perjuicios que se le haya ocasionado tanto materiales como inmateriales”, dijo.
Plantea también, que todos los días a los notarios les están asignando por ley una cantidad de funciones y deberes, o sea no solamente el Estatuto notarial establece una serie de funciones, sino que a lo largo de los años se han expedido una serie de normas que le han dado más y más funciones a los notarios.
En razón de ello, entonces la responsabilidad no solamente es en el tema de hacer los actos y los contratos que se le lleven a los notarios para que él de fe pública de los mismos, así como en los matrimonios que celebra, en las constituciones de patrimonio de familia, en todas esas actividades que tienen los notarios por ley, que hoy y todos los días van a ser más.

En el desarrollo del relato, la abogada Eliana Margarita, especialista en contratación estatal y en seguridad social, contó que el libro fue publicado por la universidad Externado de Colombia, donde ejerce como docente y además dicta el tema de la responsabilidad civil del notario.
“yo soy muy inquieta del tema académico y, del tema de la responsabilidad específicamente, desde que estaba en el Consejo de Estado, fui empezando cómo escribir esas primeras líneas y, pues la pandemia yo creo que nos sirvió no todo fue malo, por lo menos a mí me trajo muchas cosas y entre esas fue poder tener la tranquilidad de sentarme a escribir como yo quería y dedicada solamente al libro, y eso fue lo que hice en el año 2019, y principio del 2020”, relató.
Agregó, que es un libro que lo que pretende ser es una guía, pues es un tema muy práctico, muy sencillo.
Dijo, que es importante entender que no todo se sabe, pero si muchas cosas deben inquietar, razón por la cual llamó la atención especialmente de los estudiantes para que se pregunten sobre el tema, porque aun hay situaciones que no están resueltas como lo que propone sobre la responsabilidad contractual en el sentido que se puede demandar al notario por un tema contractual no solamente extracontractual porque existe entre el notario y el usuario un contrato de prestación de servicios cuando se acude a él a realizar cualquier actividad que está establecido en la ley y que debe ser ejecutada por los notarios.
El libro parte de algo estructural, agregó que el notario no es cualquier persona, es una persona destacada en una comunidad, reconocida, honorable y es un ejemplo para los demás ciudadanos, quienes se convierten en testigos de los actos más importante de quienes acuden a solicitar sus servicios y de sus contratos para que el día de mañana alguien pueda dar fe de eso.
Recordó, que los notarios no hacen parte de la estructura del Estado, no son servidores públicos, ni trabajadores oficiales, ni empleados públicos, ni son miembros de corporaciones, todo lo que dice el artículo 123 constitucional no los cumple el notario, pero hay una figura que se llama descentralización por colaboración que la ley la establece y que la ejecutan determinados particulares para que cumplan esa función pública.
Eliana Margarita Roys Garzón, cuenta con una experiencia profesional de más de 25 años adquirida en la empresa privada y pública, en cargos del nivel directivo, asesor de la alta gerencia y en la rama judicial, esposa de Guillermo Alfonso y madre de Andrés Felipe.
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