Magistrada Carmen Cecilia Plata solicitó la separen del proceso contra alcalde de Manaure

Para evitar el más mínimo asomo de duda sobre su imparcialidad, la magistrada Carmen Cecilia Plata, solicitó ser separada del proceso que se sigue al alcalde electo de Manaure, Juan José Robles Julio, por una demanda de nulidad electoral interpuesta en su contra por parte del abogado Emiliano Arrieta Monterroza, ante el Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira.

La solicitud la hace llegar a la también magistrada, María del Pilar Veloza, a quien le explica las razones que la motivan para declararse impedida en la demanda electoral contra Robles Julio.

“Si se consideran los ataques malintencionados que circulan en las redes sociales desde el día en que se conoció el decreto de la medida cautelar por parte de quienes no respetan las decisiones judiciales y sin acudir a las vías legales propician irresponsablemente el desprestigio de una familia, por ello ruego a la sala examine la situación subjetiva descrita y me separe del conocimiento de este asunto”, expresó la magistrada en el documento.

La solicitud tiene como fundamento, una primera decisión de la Magistrada Carmen Cecilia Plata Jiménez, dentro de una actuación de control de nulidad electoral por parte del señor  Carlos Andrés Urbina contra Juan José Robles Julio,  en la que consideró no estar incursa en causal de impedimento alguno para asumir el caso, razón por la cual profirió  el auto admisorio de la demanda y decretó la medida cautelar solicitada de suspensión provisional de los efectos del acto contenido en el formulario E-26 ALC de fecha octubre 27 de 2019, por el cual la comisión escrutadora municipal declaró electa la elección del demandado para el periodo 2020-2023.

Referenció la magistrada los señalamientos en su contra en redes sociales y algunos medios de comunicación, por una posible falta de independencia  e imparcialidad que le pudiera asistir para asumir el conocimiento del medio de control referido, debido a que el representante  legal de la empresa Geoingenieria  Ltda, es su hijo Fernando Enrique Mendoza Plata, y por razón de la conformación de Uniones Temporales con otras empresas algunas de las propuestas presentadas en procesos licitatorios públicos abiertos en el  municipio de Manaure han resultado seleccionadas.

Sobre ese particular, argumentó no estar incursa en la causal prevista en el artículo 130 numeral 4 del Código de procedimiento administrativo y de Contencioso Administrativo que en lo pertinente impone declarar el impedimento: “cuando el cónyuge, compañero o compañera permanente, o alguno de los parientes  del juez hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil, tengan la calidad de asesores o contratistas de alguna de las partes o de los terceros interesados vinculados al proceso, o tengan la condición de representantes legales o socios mayoritarios de una de las sociedades contratistas de alguna de las partes o de los terceros interesados”.

Y aclaró, 1) que no existe contratación directa entre el municipio de Manaure y Geoingeniería Ltda, 2) que su pariente dentro del primer grado de consanguinidad no es el representante legal de las uniones temporales constituidas para participar de los procesos licitatorios que les han sido adjudicados, 3) que el porcentaje de participación de la empresa en las UT ha sido minoritaria pues así se lo hizo saber personalmente su hijo y 4) es totalmente respetuosa, independiente y ajena a las actividades profesionales que ejerce dicha empresa.

Cabe destacar que la primera demanda electoral contra el alcalde electo de Manaure la interpuso Carlos Andrés Urbina, además de otras dos por parte de los abogados, Jorge Mario Isaza y Emiliano Arrieta Monterroza.

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